martes, 3 de junio de 2014

Maniobra de Heimlich (Compresión abdominal)

Maniobra de Heimlich (Compresión abdominal)

De acuerdo a La enciclopedia de artículos y respuestas de salud, dietética y psicología de la pagina www.enciclopediasalud.com, la maniobra de Heimlich es  un procedimiento de primeros auxilios para desobstruir la vía respiratoria (la tráquea) cuando ha habido una obstrucción por un trozo de alimento o por un objeto que se ha ingerido accidentalmente.

La Técnica es: 
  1. El reanimador abraza por la espalda, con los dos brazos, a la persona que se está ahogando. 
  2. Coloca una mano cerrada, con el pulgar hacia el interior, justo debajo del esternón de la persona.
  3. Pone la otra mano sobre la mano cerrada, sujetando con firmeza. 
  4. A continuación se presiona con el puño de forma brusca hacia el centro del estómago, bajo las costillas, tratando de que el objeto que provoca la obstrucción ascienda por la vía respiratoria y libere la tráquea.


Ultima Actualización: 27/12/2013
Bibliografía: http://www.enciclopediasalud.com/definiciones/maniobra-de-heimlich

jueves, 29 de mayo de 2014

Formato único de Registro de Atención Prehospitalaria


Formato único de Registro de Atención Prehospitalaria

Es importante que la Cruz Roja Mexicana, cuente con un formato único para el registro de la Atención Prehospitalaria de las Urgencias Médicas, en atención a los siguientes aspectos:
  • Diversas necesidades administrativas y operativas, este documento resolverá las mismas.
  • Unificar a nivel Nacional el formato que ya se utilizaba.
  • Contar con las herramientas que en su momento aportaran elementos para el desarrollo de diferentes proyectos de la Institución, así como, para la prevención en beneficio de la sociedad mexicana.

    El Formato de Registro de Atención Prehospitalaria de las Urgencias Médicas atiende:

  • Los aspectos legales que de manera obligada se deben reportar.
  • Los datos médicos de evaluación y tratamiento.
  • Las indicaciones del Consejo Nacional de Directores, para los fines antes indicados.
El orden de como se atiende una urgencia es:
  1. Llamada de urgencia.
  2. Evaluación inicial.
  3. Evaluación secundaria.
  4. Tratamiento.
  5. Traslado.
El Formato único de Registro de Atención Prehospitalaria se expone en las siguientes imágenes:





lunes, 26 de mayo de 2014

Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED)

Leopoldo Barranco Martínez  
Técnicas de Emergencia En Fisioterapia
3 de Junio de 1996


Comisión Nacional de Arbitraje Médico


MISION:
Somos una Institución pública que ofrece medios alternos para la solución de controversias entre usuarios y prestadores de servicios médicos; promueve la prestación de servicios de calidad y contribuye con la seguridad de los pacientes.

VISION:
Ser generadores de políticas y lineamientos relacionados con la solución de controversias entre usuarios y prestadores de los servicios médicos; reconocidos como centro de referencia altamente especializado en el ámbito nacional e internacional.

POLITICA DE CALIDAD:
Propiciar la solución de controversias, mediante un modelo unificado e impulsar mecanismos de mejora continua de calidad de la atención, para progresar cualitativamente de la atención de controversias hacia su prevención.

VALORES:
Integridad
Honradez
Imparcialidad
Legalidad
Justicia
Confidencialidad
Respeto
Igualdad
Transparencia
Rendición de Cuentas


DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE MÉDICO

ARTÍCULO 1o.- Se crea la Comisión Nacional Arbitraje Médico como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, con plena autonomía técnica para emitir sus opiniones,
de acuerdos y laudos.

ARTÍCULO 2o.- La Comisión Nacional de Arbitraje Médico tendrá por objeto contribuir a resolver los conflictos suscitados entre los usuarios de los servicios médicos y los prestadores de dichos servicios.

ARTÍCULO 3o.- En términos del Título Tercero de la Ley General de Salud, se consideran prestadores de servicios médicos, las instituciones de salud de carácter público, privado o social, así como los profesionales, técnicos y auxiliares que ejerzan libremente cualquier actividad relacionada con la práctica médica. Los usuarios de un servicio médico son las personas que solicitan, requieren y obtienen dicho servicio de los prestadores de servicios médicos para proteger, promover y restaurar su salud física o mental.

ARTÍCULO 4o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
I. Brindar asesoría e información a los usuarios y prestadores de servicios médicos sobre sus derechos y obligaciones;

  • II. Recibir, investigar y atender las quejas que presenten los usuarios de servicios médicos, por la posible irregularidad en la prestación o negativa de prestación de servicios a que se refiere el artículo 3o. de este Decreto.
  • III. Recibir toda la información y pruebas que aporten los prestadores de servicios médicos y los usuarios, en relación con las quejas planteadas y en su caso, requerir aquéllas otras que sean necesarias para dilucidar tales quejas, así como practicar las diligencias que correspondan.
  • IV. Intervenir en amigable composición para conciliar conflictos derivados de la prestación de servicios médicos por alguna de las causas que se mencionan:

a) Probables actos u omisiones derivadas de la prestación del servicio
b) Probables casos de negligencia con consecuencia sobre la salud del usuario
c) Aquéllas que sean acordadas por el Consejo.